No más violencias machistas. 25N #SeAcabó
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Manifiesto 25N
Ya está bien, SE ACABÓ, ha llegado la hora de dar un paso adelante, nos están matando, nos están vejando, nos están menospreciando….
Los datos oficiales recogidos demuestran que la violencia machista está creciendo. De hecho, en el sistema VIOGEN hay 81.308 casos activos, 49.454 de ellas con protección policial, lo que supone un incremento del 9,2% y un 15,9% respecto al año anterior. Llevamos contabilizados 1920 asesinatos machistas desde el 2003. Y estos son los datos que se conocen, los que se recogen en estadísticas, quedando fuera todos los demás números de las otras violencias que están invisibilizadas.
SE ACABÓ, es hora de que aprendamos a identificar la violencia al primer indicio y de dotarnos de las armas necesarias para que no se llegue a producir. Es hora de reclamar que las instituciones se involucren de verdad y actúen, tanto en la detección precoz y la prevención, como en el acompañamiento, y en la restitución.
Es indispensable que se destapen y se vean todas las violencias que a diario sufrimos las mujeres, nuestra sociedad tiene que tener conocimiento y saber distinguirlas para poder empezar realmente a cambiar estos comportamientos machistas que nos hacen más difícil el día a día a las mujeres. Violencias machistas interseccionales que atacan la diversidad y que nos hacen ser doblemente agredidas por ser migrantes, racializadas, lesbianas, trans o cualquier identidad sexoafectiva disidente, por cuestión de edad, por tener cuerpos no normativos, por ser mujeres con discapacidades, por ser pobres a causa de la misma violencia económica y patriarcal que nos ataca y nos impide la emancipación económica perpetuando relaciones de dependencia.
SE ACABÓ, VIOLENCIA MACHISTA no son solo los golpes o los asesinatos, estos son los casos más fácilmente identificados, y de los que se hacen eco los medios de comunicación. SE ACABÓ, VIOLENCIA MACHISTA es cobrar menos por el hecho de ser mujer, soportar piropos que no hemos pedido, que nos sexualicen, tener que aguantar miradas lascivas, que se nos acerquen invadiendo nuestro espacio vital, que hagan bromas a nuestra costa y se nos minimice por protestar, que hablen más alto que nosotras para imponerse, que nos infravaloren, cuestionen e invisibilicen nuestros trabajos y nuestro desempeño, que nos llamen guapa, o loca, o histérica, que nos den un beso que no hemos pedido...
EXIGIMOS que las violencias contra las mujeres, la violencia machista sea del tipo que sea, deje de ser invisible, pese a quien le pese. SE ACABÓ, es necesario actuar y que esta sociedad reaccione. No podemos permitir que la involución de quienes niegan la existencia de la violencia de género siga ocupando espacio…CONTRA LA IGNORANCIA DE LA NEGACIÓN: REACCIÓN, EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EVOLUCIÓN.
EXIGIMOS Y VAMOS A ACTUAR PARA que desaparezcan de nuestra sociedad:
- La violencia laboral, basta de discriminación salarial, de techo de cristal, de suelos pegajosos, de precarización de los sectores feminizados. EQUIPARACIÓN REAL YA.
- La violencia institucional, SE ACABÓ la falta de dotación de medios necesarios para políticas de Igualdad y la discriminación por parte de las instituciones públicas.
- La violencia física, SE ACABÓ, nuestros cuerpos no son sacos de boxeo.
- La violencia psicológica, SE ACABÓ el degradarnos, el despreciarnos, el hacernos sentir que no valemos.
- La violencia sanitaria, SE ACABÓ, necesitamos que se cuide nuestra salud con perspectiva de género.
- La violencia judicial, SE ACABÓ, el criminalizar y agredir doblemente a la víctima mientras se otorgan derechos a sus agresores.
- La violencia sexual, basta de agresiones y violaciones, SE ACABÓ también recibir comentarios y actos de carácter sexual sin nuestro consentimiento, de cosificarnos y denigrarnos.
La violencia contra nosotras en las guerras, NO A LA GUERRA, ni en Palestina, ni en Ucrania, ni ninguna de las 58 guerras que hay hoy en nuestro planeta, mujeres violadas en guerras interminables, mujeres y niñas secuestradas, vendidas y asesinadas, un mundo donde la violencia y la represión a las mujeres es constante, por razones políticas, por religión o por tradiciones patriarcales.
Desde CGT seguiremos luchando para erradicar la violencia machista, sea del tipo que sea.
NO MÁS VIOLENCIAS MACHISTAS.
CGT entra en el comité de empresa de Avanza Pozuelo
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La semana pasada se celebraron elecciones sindicales en el centro de trabajo de Pozuelo de Alarcón de la empresa Avanza. CGT se presentaba por primera vez y nuestros compañeros y compañeras han logrado un delegado en el comité.
Desde aquí queremos felicitar a nuestras compañeras y compañeros de la sección sindical y agradecer a todas las personas del sindicato que les han ayudado en el proceso electoral.
Salud y acierto.
CGT Covisian: trabajo y constancia
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La sección sindical de Grupo GSS, ahora Covisian, ha obtenido siete delegadas en las pasadas elecciones sindicales siendo la lista más votada. Esto ha sido posible gracias al apoyo y confianza que han depositado en nosotras nuestras compañeras de trabajo, al esfuerzo de las delegadas y delegados de la sección y al consejo y ayuda de la Confederación Territorial de Madrid, Castilla la Mancha y Extremadura de la CGT y del sindicato de Oficios Varios de Madrid de CGT.
Para llegar hasta aquí hemos tenido en frente a la patronal bien ayudada por sus sindicatos afines CSIF, CCOO y UGT que no han dudado en aprovechar el verano y los problemas internos que estábamos pasando en nuestra sección para convocar unas elecciones deprisa y corriendo.
Desde dentro de nuestra organización hay quien ha vendido públicamente estos resultados como un fracaso agarrándose a que en 2018 obtuvimos 12 delegadas. Esa misma gente se olvida que sólo un año después perdimos la mayoría absoluta. Es lamentable que se proclame al viento por parte de la coordinadora de Telemarketing unos resultados desde un discurso derrotista y negativo en lugar de alegrarse porque sigamos siendo la sección con más representatividad. Pero no es de extrañar, ya que han estado minando el proceso asambleario interno para confeccionar la lista, para poner en los primeros puestos a sus amigos, a tránsfugas venidos de otros sindicatos y a personas con intereses en perpetuar su liberación no sea que tengan que volver a la oficina a contestar una llamada o trabajar en una campaña.
Pero su plan, tanto el de la empresa como el de nuestras “compañeras” de la coordinadora de Telemarketing no les ha salido bien y seguimos siendo la sección con más presencia en el Comité. A pesar de los palos en las ruedas ajenos y propios hemos obtenido un gran resultado, bastante mejor del que se podía esperar sólo un año antes.
Ahora queda mucho trabajo por hacer; demostrar a nuestras compañeras que nos han votado que han elegido la opción correcta, luchar por mejoras laborales para toda la plantilla y defender nuestros puestos de trabajo y nuestros derechos laborales.
Concentración por la readmisión despedido en CET Caracolas - Asispa
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El miércoles 2 de agosto realizaremos una concentración en la Plaza de los Cubos (Princesa nº 5) a las 10:30 por la readmisión de nuestro compañero despedido en el CET Caracolas.
La empresa ha aludido a que el despido se debía a faltas de puntualidad, pero estas razones ocultan el motivo real que es la represión sindical de un miembro del sindicato referenciado y que llevaba bastante tiempo desempeñando tareas sindicales en el CET Caracolas, ante lo cual Asispa ha tomado la decisión desproporcionada de despedirle sin intentar tomar otras medidas previas. Al final, la empresa ni tiene voluntad ni capacidad para gestionar el CET Caracolas por lo que los responsables y la coordinadora inciden en que los trabajadores tengan unas condiciones laborales precarias (falta de personal, disminuir una categoría laboral a profesionales como los auxiliares de servicios sociales, no dar medios para realizar las tareas laborales en unas condiciones dignas, imponer días de libranza en los períodos que convienen a la empresa, intervenciones contradictorias con personas usuarias, trato discriminatorio...), en que las personas usuarias no cuenten con un trato de calidad ni con un dispositivo municipal que realice intervenciones ajustadas a sus características vitales y en que la organización del trabajo sea cada vez más caótica.
Modificaciones al Estatuto de las Trabajadoras sobre conciliación laboral
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Os compartimos un resumen de las modificaciones realizadas al Estatuto de las Trabajadoras en los apartados relativos a la conciliación laboral:
- Art.4.2: se introduce la prohibición de discriminación por conciliación o corresponsabilidad, el trato desfavorable dispensado a mujeres u hombres por el ejercicio de sus derechos de conciliación o corresponsabilidad de la vida familiar y laboral será constitutivo de discriminación por razón de sexo.
- Art. 34.8: Derecho de adaptación y distribución de la jornada por cuidado de menor o familiar, incluida la prestación de trabajo a distancia.
Se introduce a efectos del reconocimiento del derecho a:
“(...) Asimismo, tendrán ese derecho aquellas que tengan necesidades de cuidado respecto de los hijos e hijas mayores de doce años, el cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado de la persona trabajadora, así como de otras personas dependientes cuando, en este último caso, convivan en el mismo domicilio, y que por razones de edad, accidente o enfermedad no puedan valerse por sí mismos, debiendo justificar las circunstancias en las que fundamenta su petición”. - Art.37.3: a. Se extiende el permiso de matrimonio a la pareja de hecho.
“Quince días naturales en caso de matrimonio o registro de pareja de hecho”.
b. Se amplía de 2 a 5 días el permiso por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario.
También se introducen nuevos sujetos que dan derecho: Pareja de hecho, familiar consanguíneo de la pareja de hecho y conviviente:
“cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguineidad o afinidad, incluido el familiar consanguíneo de la pareja a de hecho, así como de cualquier otra persona distinta de las anteriores, que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y que requiera el cuidado efectivo de aquella”
b.bis. Mantiene en 2 días fallecimiento, incluye pareja de hecho. Ampliable a 4 si hay desplazamiento, desligándolo del de accidente y hospitalización. - Art.37.4: Introduce cuando ambos progenitores, permiso lactancia, trabajen para la misma empresa. En caso de limitar la empresa el ejercicio simultáneo debe ofrecer un plan alternativo para el disfrute.
“No obstante, si dos personas trabajadoras de la misma empresa ejercen este derecho por el mismo sujeto causante, podrá limitarse su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas de funcionamiento de la empresa, debidamente motivadas por escrito, debiendo en tal caso la empresa ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute de ambas personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación”. - Art.37.6: Se introduce en la reducción de jornada por cuidado directo de menor de 12 años o familiar discapacitado razones de edad, accidente o enfermedad entre 1/8 y ½ de la jornada con reducción de salario, a la pareja de hecho y familiar consanguíneo de la pareja de hecho.
El empleador en el caso de que los dos trabajadores sean de la empresa y por el mismo hecho causante, para poder limitar el ejercicio simultaneo limitar su ejercicio simultáneo por razones fundadas y objetivas de funcionamiento de la empresa, deberá comunicarlo, debidamente motivadas por escrito, debiendo en tal caso la empresa ofrecer un plan alternativo que asegure el disfrute de ambas personas trabajadoras y que posibilite el ejercicio de los derechos de conciliación. - Art.37.9: Se introduce un permiso distinto de los de los permisos de cuidadores y parentales, que permiten a las personas trabajadoras ausentarse por razones justificadas de urgencia familiar y que requieren la presencia inmediata de aquélla, tal y como se recoge en el considerando 28 de la Directiva, que se refiere a «motivos familiares urgentes o inesperados», esto es, a la necesidad de atender sucesos esporádicos, previéndose como retribuidas las horas equivalentes a cuatro días al año, sin perjuicio de lo que al respecto pudieran establecer los convenios colectivos.
Es decir, no impide que dicho permiso pueda superar siempre que se den las circunstancias los 4 días al año, siendo en lo que lo superen permisos no retribuidos. - Art.45.1: Introduce un apartado o) de causa de suspensión del contrato por disfrute del permiso parental.
- Art.46.3: Se introduce pareja de hecho y a los familiares por consanguinidad de las parejas de hecho en la excedencia por cuidado de familiar. Se introduce el plan alternativo en caso de no permitir el empleador el disfrute simultáneo de dos trabajadores por el mismo hecho causante, como ya hemos recogido en arts. 37.4 y 37.6.
- Art.48.6: En caso de discapacidad del hijo/a o acogido o parto múltiple, las 2 semanas de ampliación del permiso de maternidad/paternidad, pueden ser acumuladas si el progenitor es monoparental.
“En caso de haber una única persona progenitora, esta podrá disfrutar de las ampliaciones completas previstas en este apartado para el caso de familias con dos personas progenitoras”.
(comentario: Esto si bien se regula como una mejora del derecho, puede incidir sobre las madres monomarentales y la opción de acumulación de la baja de maternidad y paternidad, pues viene a dar cobertura a la reciente sentencia del TS que señalan que las 16 semanas no son acumulables. Sólo será acumulable en caso de discapacidad y parto múltiple. Esto no deja de ser una nota interpretativa) - Art.48.bis (NUEVA CREACIÓN): Se introduce un permiso de 8 semanas, continuo o discontinuo, a jornada completa o parcial, cumplido los/as hijos/as 1 año o 1 año desde acogimiento o adopción hasta los 8 años del menor. Lo fija la persona trabajadora con un preaviso de 10 días. Plan alternativo si la empresa no permite disfrute simultáneo de los progenitores como ya hemos referido.
- Art.53 y 55: Introducen nuevos motivos de nulidad del despido por el ejercicio de derecho de conciliación y corresponsabilidad:
a. Se amplía la declaración de nulidad de la decisión de despido por el disfrute del nuevo permiso parental.
b. Se amplía a cuando hayan solicitado o estén disfrutando de las adaptaciones de jornada previstas en el artículo 34.8. - Disposición adicional decimonovena: Introduce el cálculo de indemnizaciones el cómputo de la jornada anterior a la reducción que ya estaba para art.37.4, 5, 6 y 8. Y 48.4 y 5. Para el nuevo permiso art 48 bis.
Asimismo, la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, queda modificada para actualizar las causas de despido nulo respecto a la modificación de la reforma operada de los arts. 53 y 55 del ET.